¿Sabías que el test de proporcionalidad, como metodología para analizar la constitucionalidad de una medida legislativa que interviene en un derecho fundamental, se compone de cuatro gradas?
Las cuales son:
a) Fin constitucionalmente válido.
b) Idoneidad.
c) Necesidad; y,
d) Proporcionalidad en sentido estricto.
Ciertamente, de conformidad con los criterios de jurisprudencia y tesis vigentes al día de hoy, provenientes de la Suprema Corte de Justicia la Nación, el test de proporcionalidad representa para el juzgador, un apoyo, metodología para interpretar y razonar la existencia de limitaciones, restricciones o vulneraciones a los derechos humanos.
En ese orden, las gradas del test de proporcionalidad pueden comprenderse de la siguiente manera:
1. Fin constitucionalmente válido: La medida debe perseguir algún derecho fundamental o un bien colectivo o jurídico garantizado como principio constitucional.
Implica que los derechos fundamentales, los bienes colectivos y los bienes jurídicos garantizados como principios constitucionales, constituyen fines que legítimamente fundamentan la intervención del legislador.
Indubitablemente, el fin constitucionalmente válido implica que se debe perseguir algún derecho humano, un bien colectivo y jurídico garantizado como principio constitucional.
2. Idoneidad: La medida debe alcanzar en algún grado los fines establecidos por el legislador.
3. Necesidad: No deben existir medidas alternativas igualmente idóneas para lograr dicho fin, pero menos lesivas para el derecho fundamental; y,
4. Proporcionalidad en sentido estricto: el grado de realización del fin perseguido debe ser mayor al grado de afectación provocado al derecho fundamental por la medida impugnada.
Registro 2019276, Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, Décima Época, Materias(s): Común, Constitucional, Tesis: 2a./J. 10/2019 (10a.), del rubro: siguiente:“TEST DE PROPORCIONALIDAD. AL IGUAL QUE LA INTERPRETACIÓN CONFORME Y EL ESCRUTINIO JUDICIAL, CONSTITUYE TAN SÓLO UNA HERRAMIENTA INTERPRETATIVA Y ARGUMENTATIVA MÁS QUE EL JUZGADOR PUEDE EMPLEAR PARA VERIFICAR LA EXISTENCIA DE LIMITACIONES, RESTRICCIONES O VIOLACIONES A UN DERECHO FUNDAMENTAL.“
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